ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE DELEGADOS
CONVOCATORIA
Sres. Delegados:
Cumpliendo con lo dispuesto en el Art. 30 de nuestros Estatutos, el Consejo de Administración resolvió convocar a Asamblea General Ordinaria de Delegados, la que tendrá lugar el día 29/04/2021 a las l9 hs. en las instalaciones del Club Deportivo Jorge Newbery, ubicado en Av. Jorge Newbery Nº 151 de nuestra ciudad, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1º) Designación de dos (2) Delegados, para que conjuntamente con el Sr. Presidente y el Sr. Secretario, aprueben y suscriban el acta de esta Asamblea.
2°) Exposición de motivo o causas de la celebración fuera de los términos previstos, de la Asamblea para tratar la Memoria y Balance por el Ejercicio Económico 2019 (Res 145/2020 INAES)
3º) Lectura y consideración de la Memoria y Balance General, cuenta de Gastos y Excedentes, Informe del Auditor e Informe del Síndico, y Distribución de Excedentes correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2019.-
4°) Lectura y consideración de la Memoria y Balance General, cuenta de Gastos y Excedentes, Informe del Auditor e Informe del Síndico, y Distribución de Excedentes correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de Diciembre de 2020.-
5°) Elección de la Mesa Escrutadora compuesta por cinco (5) Delegados.
6º) Exposición del método de elección de autoridades (Res 145/2020 INAES)
7°) Elección de tres (3) miembros titulares por el período 2021/2023 en reemplazo de los Sres. Roberto Poncio, Víctor Garnero e Ing. Ricardo Aimaretti, cuyos mandatos finalizan en el presente ejercicio; elección de tres (3) miembros suplentes por el período 2021 y elección del Síndico Titular y Síndico Suplente por el período 2021.
Dr. Horacio Sala Héctor Colussi
Secretario Presidente
DE NUESTROS ESTATUTOS:
Art. Nº 32: Las Asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la Convocatoria, si antes no se hubiere reunido la mitad más uno de los asociados.
Art. Nº 54: “… Los suplentes reemplazarán automáticamente, y por orden de lista a los titulares en caso de renuncia, ausencia o cualquier otro impedimento; una vez incorporado el delegado suplente, no podrá ser suplantado dentro de la misma Asamblea por el delegado titular que ingresa posteriormente.
Los delegados suplentes no serán incorporados antes de la hora fijada para la efectiva iniciación de la Asamblea; se tendrá en cuenta la hora posterior, si se da el caso previsto en el art. 52 que antecede”(transcripción parte pertinente).
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