Este jueves en la última sesión ordinaria de la Cámara de Senadores de Santa Fe, Leo Diana presentó un proyecto de ley que pretende modificar el inciso “c” de la actual ley Nº 12.969 otorgándole a los miembros de los cuerpos activos de Bomberos Voluntarios que cumplan veinticinco (25) años de servicio continuos o discontinuos y con 50 años de edad, un reconocimiento al mismo, equivalente a un haber y medio correspondiente a la jubilación mínima del régimen previsional provincial y no del 80% como rige actualmente.
Además, el texto prevé que en el punto «d», se incorpore en casos que algún integrante de los cuerpos activos de Bomberos Voluntarios, cualquiera fuera su edad y antigüedad, sufriere un accidente en acto de servicio que tenga como consecuencia su fallecimiento, las personas mencionadas en el artículo 25 de la Ley Provincial N° 6915 puedan gozar de una pensión equivalente al beneficio previsto en el inciso c) del presente artículo en idéntico monto y condiciones.
La ley de Bomberos Voluntarios rige desde el año 2009 y tiene como beneficios a) Derecho a la afiliación al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) para el bombero voluntario y su grupo familiar directo; b) Cupo de planes de viviendas provinciales; c) Reconocimiento, a partir de los 50 años de edad y 25 de servicio ó de 55 de edad y 20 de servicio, de un haber mensual jubilatorio y d) Igual reconocimiento por incapacidad física o intelectual provocada en acto de servicio.
“Con esta modificación buscamos otorgar un mayor beneficio a nuestros bomberos voluntarios, que cumplen con un rol importantísimo en nuestras comunidades”, dijo Diana y finalizó “hay otras provincias, como Córdoba y Buenos Aires que ya han avanzado en un mayor reconocimiento ampliando los beneficios a la actividad bomberil, Santa Fe debe también seguir este camino”.
Desde la promulgación en 2009 hasta la fecha son muy pocos los bomberos voluntarios, que se vieron beneficiados con un haber jubilatorio, un dato a tener en cuenta, porque no significaría una erogación significativa para las arcas provinciales.
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