El Bloque Socialista del Frente Progresista Cívico y Social, que conforman Emanuel Boero y Pablo Colussi presentan su proyecto de ordenanza
VISTO: La necesidad de crear una política pública que permita el acceso a
elementos sanitarios esenciales como lo son la provisión gratuita de
elementos de gestión menstrual a quienes no puedan acceder a ellos; y
CONSIDERANDO:
Que el acceso a los elementos de gestión menstrual para toda aquella
persona que los necesite es una necesidad básica y esencial, y por lo tanto
un derecho, el cual si es vulnerado a la vez puede vulnerar otros derechos;
Que, por ejemplo, entre las jóvenes que concurren a establecimientos
educativos se estima que se pierden entre el 10 y el 20 por ciento de los días
de clase por falta de acceso a productos para la gestión menstrual e
instalaciones sanitarias en las escuelas;
Que es menester el acceso a una información veraz y adecuada por
parte de las personas menstruantes, ya que esta condición femenina
muchas veces es invisibilizada y silenciada dando como resultado una
vergüenza cultural que imposibilita el pedido de información acerca de esta
condición;
Que el costo que debe afrontar una persona para poder gestionar su
menstruación es un gasto ineludible, encontrándonos con que un
inadecuado acceso a los elementos de gestión menstrual sólo incrementa la
desigualdad entre los géneros;
Que el acceso a estos productos implica un cuantioso costo y marca
una diferencia entre personas menstruantes y no menstruantes pero, por
sobre todo, marca una diferencia entre quienes tienen los recursos
económicos para acceder a ellos y quienes no los poseen.
Que los productos de gestión menstrual no son considerados como
elementos esenciales de salud sino como cosméticos, con lo cual a su precio
se le adiciona el 21% de IVA, esto incrementa aún más su costo y excluye a
los sectores más vulnerables de la población.
Que consideramos conveniente la implementación en nuestra Ciudad
de un Programa de Gestión Menstrual que contemple estos factores y
favorezca la inclusión y el acceso a la salud de las y los más necesitados.
El Bloque Socialista en el FPCS, concejales Emanuel Boero y Pablo
Colussi, presenta el siguiente Proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º)-CRÉASE el Programa Municipal de Gestión Menstrual con el
objeto de proveer de elementos e información necesaria a toda persona
menstruante en situación de vulnerabilidad que resida en la ciudad de
Gálvez.
ART. 2º)-OBJETIVOS del Programa Municipal de Gestión Menstrual:
a) La provisión de forma gratuita de elementos de gestión menstrual, tal
como toallas higiénicas y otros, a personas menstruante en situación de
vulnerabilidad que resida en la ciudad de Gálvez;
b) Brindar información sobre opciones higiénicas y sanitarias al alcance, así
como las variables ecológicas, económicas y saludables de estos elementos;
ART. 3º)-ACCIONES tendientes a cumplir los objetivos del Programa
Municipal de Gestión Menstrual
a) PROVEER de forma gratuita de elementos de gestión menstrual, tal como
toallas higiénicas y otros, a personas menstruante en situación de
vulnerabilidad que resida en la ciudad de Gálvez;
b) BRINDAR información sobre opciones higiénicas y sanitarias al alcance,
así como las variables ecológicas, económicas y saludables de estos
elementos;
d) INcENTIVAR a locales gastronómicos a incorporar toallas higiénicas u
otros elementos de gestión menstrual, como elementos de higiene habitual;
e) ASEGURAR el acceso a información y a elementos de implicancia
menstrual en baños públicos;
f) PUBLICAR datos de contacto de los efectores de salud presentes en
nuestra ciudad a los cuales recurrir para consultas relacionadas.
ART. 4º)-ALCANCE. La lista de acciones detalladas en el artículo precedente
es esencial pero no es taxativa y es potestad de la Autoridad de Aplicación
incorporar otras que crea pertinente a fin de cumplir con los objetivos del
Programa Municipal de Gestión Menstrual.
ART. 5º)-IMPLEMENTACIÓN: El Departamento Ejecutivo Municipal
implementará el Programa Municipal de Gestión Menstrual a través del área
que estime conveniente y de manera gradual, de acuerdo a las partidas
presupuestarias existentes.
ART. 5º)-REMÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, publicación y comunicación, registro y archivo.-
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