Frente a la discusión ocurrida días atrás sobre el presupuesto anual 2020, nos
encontramos con algunas disidencias y creemos importante que los galvenses las
conozcan.
El presupuesto es una estimación de lo que el Municipio va a recaudar el año
siguiente y de cómo lo va a gastar. Por eso debe presentarse entre septiembre y
noviembre del año anterior. Esto es incumplido sistemáticamente por el actual
Departamento Ejecutivo, que lleva más de 12 años al frente y debería tener sobrada
experiencia.
En el proyecto presentado deberían figurar las obras que el Municipio va a realizar
con sus propios recursos. Vemos como, año tras año, el DEM no incluye obras con
recursos propios. Es lógico que esto ocurra ya que en Gálvez casi la totalidad de la
recaudación es absorbida por Gastos Corrientes.
Por el contrario, enumera muchas obras que representan un anhelo, que hoy están
siendo gestionadas en los diferentes entes provinciales o nacionales, pero que en
ningún caso implican una certeza. Además es muy importante aclarar que no es
necesario que una obra (espacios públicos, pavimento,vivienda, cloacas,etc.) esté
incluida en Presupuesto para poder gestionar, sólo basta con un buen proyecto.
Entonces nos preguntamos ¿Por qué se nos pide a los concejales que aprobemos
de antemano obras sin conocer en profundidad el proyecto, las condiciones y, por
sobre todo, el impacto social del mismo? ¿Cuándo se habilitan los espacios de
debate social? ¿Qué obra es más importante para la vida de los galvenses?
Queremos aclarar que nuestra intención nunca será entorpecer pero queda claro
que para nuestro espacio político esta no es la manera de hacer las cosas. Exigimos
mayor participación. Los vecinos de la ciudad no tienen instancias para decidir qué
obras son prioritarias, ya que estas fueron aprobadas a carpeta cerrada, dentro de
un paquete en el Presupuesto.
Y entonces… ¿Qué ocurre si se sigue haciendo del mismo modo y no somos
capaces de avanzar hacia mejores instituciones? Si se recibe luego la aprobación
de la jurisdicción Provincial o Nacional, sólo queda discutir detalles técnicos que son
potestad del Ejecutivo.
Es por todo lo antes dicho que el procedimiento es a lo inverso: se discuten los
Proyectos, luego se gestionan y cuando se obtiene el financiamiento, el HCM
ingresa la partida en el presupuesto y autoriza su ejecución. Hay cuestiones que
resultan de sentido común, no estamos dispuestos a firmar un cheque en blanco.
La cuestión de personal es un tema que nos preocupa. Aunque en el presupuesto
sólo se reconocen 269 empleados de planta, la realidad indica que tenemos 78
trabajadores más (alrededor de un 30%) que no son reconocidos por el DEM, y que
hoy estan siendo precarizados. En el Municipio de Gálvez se ha hecho costumbre
que ingresen trabajadores en forma irregular a través de contraros.
Recordemos que por la Ley 9286 (Estatuto del Personal de Municipalidades y
Comunas de la Provincia de Santa Fe) se establece que los municipios sólo podrán
realizar “trabajos contratados” cuando estos sean extraordinarios, eventuales o
temporarios. Además esta legislación exige que el ingreso de personal se realice
por concurso con el objeto de garantizar la igualdad de posibilidades de acceso a un
trabajo en el Estado.
Cabe preguntarnos entonces ¿Qué se busca con estas prácticas? ¿Está
garantizada la igualdad de oportunidades de todos los galvenses? ¿Cómo avala el
poder político que gobierna nuestra ciudad la transparencia en los ingresos, si en
ningún caso respeta los mecanismos previstos por Ley?
A esto debemos agregar que el Municipio invierte alrededor del 90% de los recursos
de los galvenses en una planta de personal que no da a conocer. Nos preguntamos
¿por qué no se brinda esta información a toda la comunidad cuando debería ser
pública?
Aunque reconocemos la voluntad de diálogo, la información que se otorgó por
pedido de nuestro bloque siempre fue escasa e insuficiente. Reafirmamos nuestra
convicción de que la “Información debe ser pública”, y que por supuesto aunque
resulte una obviedad decirlo, debe estar incluida en el proyecto de presupuesto,
como ocurre en las administraciones más serias.
Estamos preguntando y no se nos está respondiendo. Preguntamos en persona,
preguntamos por nota, preguntamos por Pedidos de Informes y la información
brindada es escueta e incompleta. Queremos actuar responsablemente, debatir y
defender los intereses de todos los ciudadanos de nuestra Gálvez.
SIN INFORMACIÓN ESA TAREA ES IMPOSIBLE.
NOTA: Ley de Municipios (N°2756) ARTICULO 39.- Son atribuciones y deberes de los Concejos
Municipales:
En materia de obras públicas le compete:
- Ordenar las obras públicas que exijan las necesidades del municipio, el ensanche y
apertura de calles, la formación de nuevas plazas, paseos, parques o avenidas, la
construcción de caminos, puentes, calzadas, acueductos y la delineación de la ciudad.
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