EN LA ÚLTIMA SESIÓN DEL CONCEJO UNO DE LOS TEMAS A TRATAR DE LA BANCA CIUDADANA ERA «LA CREACIÓN DEL CONCEJO LOCAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA», QUE FUE PRESENTADO POR EL EQUIPO TÉCNICO DE LA FUNDACIÓN INTEGRAR SAN JERÓNIMO, QUE YA VENIA TRABAJANDO EN EL TEMA, CONSULTAMOS PARA AMPLIAR LA INFORMACIÓN A LA COMUNIDAD;
Ordenanza de Creación del Concejo Local de Niñez y Adolescencia
La propuesta ingresó por banca ciudadana en diciembre del año 2020 y fue explicada frente a todos los concejales a principios del año 2021.
Esta propuesta se fundamenta por un lado en la ley provincial 12967 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes y por otro en la realidad social de la ciudad con una gran cantidad de niñas, niños y adolescentes que padecen la vulneración de derechos. La vulneración de derechos tiene su correlato con experiencias adversas (maltrato, abuso, negligencia, abandono, discriminación) y teniendo en cuenta los años de vida en los que esto sucede, años en los cuales se definen en los sujetos estructuras que necesitará para llevar una vida adulta digna y plena constituye una prioridad generar condiciones en los cuales esto se pueda detener, prevenir y promocionar otro tipo de ambientes.
La ordenanza propuesta busca legislar una política de estado local, que no dependa de un determinado gobierno y que sostenga en el tiempo las intervenciones. Para tal fin la ordenanza:
- Declara la prioridad a las políticas locales que tengan impacto en la niñez y adolescencia.
- Crea un concejo local de niñez y adolescencia con la misión de diseñar y planificar las políticas locales en esa materia.
- Establece que el presupuesto se empiece a plantear con perspectiva de niñez, midiendo el impacto de las políticas públicas locales del municipio en niñez y adolescencia y que se den prioridad a proyectos dirigidos a este sector, especialmente en las áreas de cultura, deporte, salud, educación y desarrollo social.
Nos parece muy importante señalar que las instituciones involucradas para conformar el mencionado concejo ya son parte del Sistema de Promoción y Protección y tienen obligaciones y facultades que les da lar la ley 12 967 en sus artículos 29, 31 y en capitulo II. El estado municipal a través de su servicio local, preside el mismo. Es decir, no hace falta tener el consentimiento expreso puesto que la función asignada ya está contemplada en la ley. Asimismo estas instituciones compartimos espacios y mantenemos intercambios, en los cuales, la dificultad para implementar acciones que tengan impacto es una constante y la demanda de aunar esfuerzos lo es aún más.
Es decir, la ordenanza institucionaliza y ordena atribuciones, facultades, responsabilidades y obligaciones que la ley establece. Nuestra ciudad ha avanzado mucho en materia de protocolos, pero necesita mejorar y fortalecer las estrategias, para lo cual se necesita involucrar a los actores en su diseño y planificación y asignar o gestionar recursos.
La ordenanza propone que los concejales tengan la facultad de convocar el concejo de niñez y adolescencia en caso que el ejecutivo no lo hiciera. De esta manera se garantiza su real funcionamiento.
Es importante destacar que numerosos municipios de nuestro país cuentan con este tipo de concejos locales y que la misma ley, además de las autoridades administrativas (secretaría de niñez, adolescencia y familia), crea en concejo provincial (art. 36). Por lo tanto la figura es pertinente y tiene un rol diferente y complementario al servicio local, el cual se define como una unidad técnico- operativa.
Finalmente, el equipo resaltó que : » la propuesta lleva ya 10 meses en los cuales las dudas que hoy plantean los concejales del frente progresista se podrían haber evacuado en caso de haberlas planteado a las institución que presentó el proyecto.»
Comentarios sobre esta publicación